La Alcaldía de Fusagasugá informa a toda la ciudadanía que mediante DECRETO 117 de marzo 01 de 2018 (DESCARGAR AQUÍ), se adoptan los canales de atención oficiales para la radicación de peticiones, quejas reclamos y sugerencias.
Articulo 1. Adóptense los canales de atención de la Alcaldía de Fusagasugá para la recepción de PQRS, y presentación de notificaciones judiciales.
Articulo 2. Las PQRS deberán contener como mínimo la siguiente información:
- Dependencia a la que se dirige el documento.
- Nombres y apellidos completos del peticionario.
- Documento de identidad del peticionario.
- Dirección de correspondencia.
- Dirección de correo electrónico.
- Objeto de la petición.
- Texto relacionado a su PQRS.
- Anexos (cuando sea necesario).
Parágrafo. En ningún caso podrá ser rechazada la petición por motivos de fundamentación inadecuada o incompleta.
Artículo 3. El derecho de petición ante la Alcaldía de Fusagasugá, podrá ser ejercido a través de las siguientes modalidades, de acuerdo a la norma:
- Solicitud de información:
- Solicitud de copias:
- Consulta:
- Queja:
- Reclamo:
- Sugerencia:
Artículo 4. Cuando diez (10) o mas de diez (10) personas formulen peticiones masivas o análogas de información, de interés general o de consulta, la Alcaldía de Fusagasugá podrá emitir una única respuesta que publicará en la cartelera fijada en el Centro Administrativo Municipal y en la página web http://www.fusagasuga-cundinarca.gov.co.
Si desea descargar el formulario para radicar una queja disciplinaria puede
DESCARGAR ESTE FORMULARIO FO-GA-015 y radicarlo directamente en la ventanilla única de recepción del Centro Administrativo Municipal.
Si desea descargar el formulario para radicar una PQRSD DESCARGAR ESTE FORMULARIO y radicarlo directamente en la ventanilla única de recepción del Centro Administrativo Municipal.